¿Qué gastos debo efectuar al comprar una vivienda?

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La compra de una vivienda conlleva una serie de gastos adicionales además del valor de la misma. Imagen de Nino Lasaosa

En la compra de una vivienda o inmueble, existen gastos fijos que debemos considerar además del valor tasado de la propiedad. Veamos cuáles son y de qué se tratan:

  • Gastos de Gestoría: son por lo general fijos y suman alrededor de 150 €.
  • Registro de la Propiedad: debemos realizar la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad y abonar algunas tarifas oficiales cuyo valor estará  dado por el precio de la escritura de la vivienda.
  • Notario: aquí entran en juego tres aspectos: el importe de la operación, el número de folios y las copias que se expidan. El pago mayor está representado por la Escritura de la vivienda.
  • Plusvalía: legalmente debe ser abonada por el vendedor. Aquí dependerá del tipo de vivienda, o sea, sus características y la comunidad autónoma o municipio donde se encuentre la vivienda.
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: para las viviendas de primera mano únicamente. Se aplica un 0.5% excepto en las comunidades autónomas con régimen foral donde será un 0.1%.
  • IVA: también para viviendas de primera mano únicamente. Actualmente es un 7%, excepto en Ceuta y Melilla donde se aplica un 4% en concepto de Impuesto de Producción Servicios Indirectos, y Canarias donde se aplica un 4,5% en concepto de Impuesto General Indirecto Canario. En las viviendas de Protección Oficial de régimen especial o de promoción pública, es el 4%. Especial atención a la hora de comprar el garaje conjuntamente con la vivienda: en este caso tributa al 7%. Si se compra separado de la vivienda, tributa al 16%.
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: para viviendas de segunda mano únicamente ya que al no poder gravarse dos veces un bien con el IVA, se le aplica el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Es un porcentaje del valor real de la adquisición (el que se constata en las escrituras). En Murcia, Madrid, Cataluña, Galicia y Aragón se aplica el 7%, el 4% en Alava y el 6% en el resto del territorio.

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